Calificación urbanística

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Este aviso fue puesto el 5 de junio de 2013.

Es la asignación de usos y niveles de intensidad de este, así como características formales y volumétricas de la edificación, para cada suelo. Esta asignación se hace por medio de la delimitación de las áreas de suelo que pertenecen a cada uso y la definición de este utilizando el instrumento de planeamiento apropiado para ello.

Definir qué instrumento es el apropiado para la calificación, es competencia en España de las comunidades autónomas, según la Constitución Española de 1978 en su Artículo 148.3 y la interpretación que de este hace la Jurisprudencia sentada en la Sentencia 61/1997 del Tribunal Constitucional y en la Sentencia 164/2001 del Tribunal Constitucional de España.

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